¡Hola a todos!
¿Cómo va todo? Esperamos que estéis fenomenal y con muchas ganas de leer acerca de un tema muy interesante que os traemos hoy.
Seguro que, en muchas ocasiones, nos habéis oído decir que Timpers somos un Centro Especial de Empleo y os habrá surgido alguna duda sobre qué significa esto. También imaginamos que tendréis algún concepto en la cabeza, como el de que al menos, el 70% de la plantilla de estos Centros, tiene discapacidad. Pero,… ¿Cuántos de vosotros sabe realmente lo que es un Centro Especial de Empleo? Y, ¿sabíais que en casi todos los sectores importantes hay empresas que cumplen esta condición?
Algunos de los ejemplos más importantes de centro especial de empleo podrían ser:
■ Mutuas Laborales: Fundación Integralia Vallés.
■ Sector Facility Services: ILUNION, Grupo Sifu…
■ Sector Retail: Timpers
Pues, bien… Ha llegado el momento de dar una vuelta por el apasionante mundo de esta figura que, aunque esté muy presente en nuestra sociedad, es prácticamente desconocida para todos.
¿Qué es un Centro Especial de Empleo (CEE)?
Los Centros Especiales de Empleo (CEE) son empresas que tienen como objetivo favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad. La mayoría de los trabajadores de estas empresas tienen algún tipo de discapacidad (como mínimo, el 70% de la plantilla debe tener alguna discapacidad reconocida). Los CEE proporcionan trabajo a personas con discapacidad y favorecen su integración en el mercado laboral. Además, deben prestar apoyo a las personas trabajadoras con discapacidad a través de los servicios de ajuste personal y social. Estos Centros son una fuente fundamental de contratación y desarrollo profesional para las personas con discapacidad. Actualmente existen unos 2350 CEE en España, con una plantilla total que ronda los 100.000 trabajadores. Su objetivo es proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite el tránsito y la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo.
Además, los Centros Especiales de Empleo forman parte del mercado de trabajo protegido, es decir, un tipo de mercado donde se ofertan posibilidades para colectivos vulnerables a nivel social, como es en este caso el colectivo de personas con algún tipo de discapacidad. El trabajador que se incorpore en un CEE deberá tener un certificado oficial de discapacidad, con un grado superior al 33% o bien, tener reconocida una incapacidad permanente de grado total, absoluto o gran invalidez.
Ventajas y beneficios de los CEE
Entre las ventajas y beneficios que tienen los CEE para sus trabajadores se encuentran:
- La posibilidad de acceder al mercado laboral para personas con discapacidad
- La formación y el desarrollo profesional.
- La interrelación social y las mejoras en la calidad de vida, referido este punto al hecho de que estas personas, una vez se incorporan al mercado laboral, experimentan un notable incremento de su confianza y autoestima.
Pero también existen grandes ventajas y beneficios para el empresario, entre los que destacan:
- Bonificación por parte del Estado del 100% de las cuotas de la Seguridad Social.
- Subvención por parte del Gobierno Autonómico de entre el 40% y el 60% del SMI de cada trabajador contratado. Esta graduación del porcentaje en la subvención depende del tipo y grado de discapacidad, edad, sexo, tipo de contrato de cada persona. La cuantía de la subvención y la forma de recibirla (bien por semestres, bien de forma anual, etc) depende de los requisitos específicos establecidos en la normativa vigente en cada una de las CCAA.
- Un gran realce a nivel de imagen de cara a todos los actores que interactúan con el CEE. Esto es debido a la gran visibilidad de RSC que dan los Centros Especiales de Empleo.
Por último, cabe destacar que los CEE también ayudan a otras empresas a cumplir la Ley General de Discapacidad a través de una medida alternativa: todas las empresas de más de 50 empleados han de reservar una cuota de un 2% para la contratación de personas con discapacidad. Como medida alternativa (y solo si la empresa no puede contratar a estas personas) las empresas pueden pedir a la autoridad laboral pertinente el cumplimiento de la ley por medio de estas medidas alternativas. Se trata de que las empresas puedan contratar con los CEE productos o servicios por el coste que les supondría la contratación de estas personas. Es muy importante destacar que esto no lo deciden las empresas. Su obligación es
reservar dicha cuota y han de justificar muy bien el motivo por el que no pueden hacerlo y será la autoridad laboral quien lo acepte o deniegue.
Esperamos que esta información os haya sido útil y que os haya aclarado y despejado alguna duda en relación a esta desconocida figura. En cualquier caso, estaremos encantados de aclararos cualquier curiosidad que podáis tener y profundizar más en este tema. Por ello, no dudéis en escribirnos un correo electrónico a veoveo@timpers.es, tanto para hacernos vuestras consultas como para plantearnos algún tema sobre el que os gustaría que escribiéramos.
Saludos y hasta el próximo artículo!